DI NO ANTE LA VULNERACIÓN DE TUS DERECHOS LABORALES
Queremos recordar ante las prácticas abusivas de GRUPO5 en algunas de las Miniresidencias de salud mental que gestionan en Madrid, que las personas trabajadoras además de las obligaciones, tenemos derechos laborales aunque esto último les guste menos.
En este sentido, queremos hacer referencia a los siguientes artículos del Convenio:
Artículo 47. Descanso diario y semanal, punto 1:
[...la necesaria obligación de que entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente medien, como mínimo, 12 horas de descanso consecutivo e ininterrumpido...]
Articulo 50. Distribución irregular de la jornada, punto 1, punto3, punto 4, punto 5 y punto 6:
Punto 1: "La empresa podrá disponer de hasta un 10% de hora anuales a distribuir de forma irregular y que tendrá los efectos de horas ordinarias de trabajo." (172 horas anuales)
Punto 3: "El número de horas de trabajo efectivo de distribución irregular, se concretarán en cada empresa o centro de trabajo...y deberá ser comunicado a la RLPT y a los trabajadores afectados con un mínimo de 5 días de antelación indicando día y hora de inicio de la jornada irregular..."
Punto 4: " ... no podrá exceder el límite de 45 horas de jornada semanal".
Punto 5: " La empresa estará obligada a determinar el mecanismo de compensación de la variación de horas mediante el ajuste del calendario laboral, bien como periodos posteriores de reducción de jornada o días de descanso. En los supuestos en los que las horas de jornada irregular no estuviesen contempladas en el calendario laboral dichos ajuste deberá realizarse en el año natural.""
Punto 6: " ...la prolongación de la jornada consecuencia de la distribución irregular, no podrá ser de aplicación a trabajadores que tengan limitada su presencia por razones reconocidas legalmente de salud laboral, reducción de jornada por cuidado de menores, embarazo o periodos de lactancia o por cualquiera de las derivas del artículo 55" .
( Artículo 55. Reducción de jornada por cuidado de menores o familiares que no pueden valerse por sí mismo o de menores afectados por cáncer y otra enfermedad grave)
Si la empresa no ha cumplido con el articulado indicado, hacérnoslo llegar a través del mail de contacto de la sección sindical de CCOO: ccoogrupo5@gmail.com, a fin de poder abordarlo con la empresa y garantizar el cumplimiento de nuestros derechos.
Para las compañeras de empresas del sector si están incumpliendo el convenio, os recomendamos informar a vuestro Comité de empresa o delegadas y por supuesto, si estáis afiliadas, a vuestro Sindicato para denunciarlo.
Un saludo.
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