AVISO IMPORTANTE – BOTIQUINES DE PRIMEROS AUXILIOS
📢 La empresa está obligada a dotar a cada centro de trabajo de un botiquín de primeros auxilios, según:
-
Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (art. 20)
-
Real Decreto 486/1997 (art. 10 y Anexo VI)
-
Orden TAS/2947/2007
📌 En la infografía adjunta encontraréis:
-
✅ El contenido mínimo obligatorio del botiquín.
-
📍 Dónde deben ubicarse y en qué condiciones.
-
🔄 La importancia de revisarlos para retirar material caducado y solicitar reposición.
⚠ Si detectas que falta material:
-
Comunícalo a la Dirección del centro para que lo solicite.
-
Si persiste el problema, infórmanos para que podamos solventar la incidencia.
Infografía
💡 Recuerda: Un botiquín completo y accesible puede marcar la diferencia en una emergencia.
Un saludo.
Comentarios
Publicar un comentario